Cobro de derechos consulares versión en espanol Cobro de derechos consulares versión en espanol

 

 

Tarifas  consulares y modalidad de pago 

      I.        Informamos a todos los usuarios de los servicios consulares: que desde el 29 de enero del 2009, el pago de los derechos consulares no se hace en Costa Rica sino que se hace en Francia.

 

      II.            A partir del 4 de junio de 2009 las disposiciones en vigor para todos los pagos serán las siguientes:

 

1.     Si usted está en Francia, el pago se realizará en especie y en euros en cualquier oficina de los Correos de Francia (La Poste) La Poste por el sistema de MANDAT-COMPTE (depósito  contra recibo) a la cuenta de la Embajada de Costa Rica en Francia en La Banque Postal y cuyas referencias se indican más adelante. En este caso, el usuario no tendrá que pagar gastos por el servicio bancario prestado, únicamente deberá cancelar los derechos consulares correspondientes. 

 

2.      En el caso de las legalizaciones de documentos que se haga vía correo en el territorio de Francia (ver la modalidad de legalizaciones por correo en nuestro sitio web, bajo la sección consular) el pago se hará igual por depósito (MANDAT-COMPTE) en especie y en euros en cualquier puesto de las oficinas de Correos de Francia (La Poste) en la cuenta ya indicada. El usuario no tendrá que pagar gastos por el servicio bancario prestado, únicamente deberá cancelar los derechos consulares correspondientes.   Si el interesado desea enviar un documento a legalizar por correo, deberá enviar un sobre pre-timbrado a su nombre y dirección, adjuntando el comprobante del MANDAT-COMPTE al Consulado de Costa Rica, dirección 4 square Rapp 75007 París, Francia.  Se recuerda que para que el Consulado pueda legalizar el documento éste debe estar primero legalizado por el Servicio de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia.

 

3.     Si usted no está en Francia, deberá realizar el pago por transferencia Internacional en euros a la cuenta de la Embajada de Francia en Costa Rica en la Banque Postale cuyas referencias se indican a continuación.   En este caso, el usuario pagará los gastos de la transferencia internacional y no los deberá deducir de los derechos consulares correspondientes.

 

4.     Las referencias de la Cuenta de la Embajada de Costa Rica en Francia, destinada exclusivamente para la percepción de los derechos consulares, son las siguientes:

 

Titular de la cuenta (Account owner)

Ambassade du Costa Rica (Embajada de Costa Rica)

Dirección : 4 square Rapp 75007 Paris

Banco :

La banque Postale

 La Banque Postale 

N. de cuenta 5755503.M.020

Rib identificador  nacional de la cuenta :

Establecimiento : 20041, Ventanilla:  00001, Clave Rib : 15

IBAN  identificador internacional de la cuenta  (IBAN) :  (Para transferencias internacionales)

FR 58.20041000015755503M02015

BIC (swift) Identificador internacional del Establecimiento  (Bank identifier Code)

PSSTFRPPPAR

Domicilio de la Banque Postale

Centro Financiero de Paris, Francia

Adresse 11 rue Bourseul  75015,  Paris,  (0033) 0153683807,

Si  usted llama fuera de Francia debe marcar :  033153683807

 

5.       Puesto de la Banque Postale más cercano a la Embajada de Costa Rica en Francia: Para su información, existe abajo de la Embajada un puesto de La Poste (Correos de Francia)  donde usted puede cancelar los derechos consulares en caso que no lo haya hecho con anterioridad en otro puesto de La Poste.  

 

6.     Obligación de guardar y presentar comprobante bancario. Usted debe conservar el comprobante del depósito (mandat-compte) con el objeto de mostrarlo a la hora de presentarse ante el Consulado de Costa Rica en Francia en París y solicitar la prestación del servicio consular correspondiente (legalizaciones, poderes, visas, pasaportes etc).

 

7.      Expedición de comprobante de pago, bajo factura numerada del Ministerio de Hacienda- Tesorería Nacional. Una vez que usted como usuario presente su comprobante del depósito (modalidad mandat-compte) probando que ha cancelado los derechos consulares, el Consulado, marcará sobre dicho comprobante que los derechos han sido cancelados y le entregará adicionalmente un recibo numerado del Ministerio de Hacienda-Tesorería Nacional, sellado por el Consulado haciendo constar que se efectuó el pago por depósito (mandat-compte) en la cuenta antes mencionada y por que tipo de acto y tarifa. El justificativo de pago debe presentarse a la hora de depositar el documento que va a ser legalizado y no en el momento del retiro.

 

 

8.     Tarifas consulares: Las tarifas consulares son las correspondientes a las establecidas por el Decreto Ejecutivo   No. 35757-RE  del 4 de enero del 2010 (ver www.rree.go.cr) y la Ley General de Migración (www.migracion.go.cr). Más abajo, se indican las tarifas de los servicios consulares que son demandados con más frecuencia por el usuario.

 

 

9.      Tasa de cambio: Para el pago de los derechos consulares, será tomado en consideración el tipo de cambio de dólares a euros del último día del mes anterior que aparezca publicado en el sitio Web de la  Banque de France (www.banquedefrance.fr). y que será consultado por este Consulado ese mismo día a fin de publicar en el sitio Web de la Embajada, las tarifas a pagar, una vez aplicado dicho tipo de cambio, tal como usted verá más adelante, para efectos de facilidad al usuario.

 

10.  En relación con los pasaportes, cuyo costo implica además de los derechos consulares, un impuesto específico establecido en colones, la tasa de cambio de referencia corresponde al tipo de cambio de venta (dólares versus colones) indicado por el Banco Central de Costa Rica el último día de mes anterior. 

 

11.  Publicación: El primer día de cada mes, aparecerá sobre el sitio web la tasa de cambio utilizada así como su aplicación a las tarifas consulares, con base en los criterios antes indicados. Si por alguna razón no aparecieran publicados- por ejemplo por algún problema técnico con el sitio, usted puede hacer la conversión usted mismo bajo los criterios antes indicados o bien llamar al Consulado (teléfono 0145785093) o escribir un correo (consulat.cr@gmail.com) para que se le indique el monto a cancelar.

 

12.  Tipo de cambio aplicado al mes de AGOSTO 2010: Para el mes de AGOSTO la tasa de cambio, según los criterios ya señalados son: 1.30 dólares por un euro aplicable a todos los derechos consulares. En lo que concierne al pago del impuesto en colones de los pasaportes, el tipo de cambio aplicable será el de 522,71  colones por dólar y una vez hecha la conversión a dólares, se deberá aplicar la tasa de conversión de dólares a euros, indicada anteriormente.

 

13.  Abajo, podrá ver las tarifas consulares aplicables para este mes de AGOSTO, según los tipos de cambio antes indicados.

 

 

 

 

TARIFAS CONSULARES APLICABLES, CON SU MONTO EQUIVALENTE EN EUROS

 

AGOSTO 2010 

 

Legalizaciones

40 dólares (31 euros) para todos los documentos

con excepción de:

Los diplomas y certificados académicos:

15 dólares (12 euros) si pertenecen a extranjeros

10 dólares (8 euros) si pertenecen a ciudadanos costarricenses, gratuito si se trata de estudiantes costarricenses becados y el estudiante muestra prueba de su beca.

La legalización de documentos para ser inscritos en el REGISTRO CIVIL DE COSTA RICA (certificados o extractos de nacimiento, certificados de matrimonio expedidos en Francia u otro país)

 

 

Pasaportes

 

Emisión de un nuevo pasaporte: 31 dólares (24 euros)     

 

Revalidación de pasaporte :

 

2  dólares (1,50 euros)

 

Salvoconductos  

 

Emisión de un salvoconducto de libreta de 6 meses : 31 dólares (24 euros)  

Emisión de salvoconducto de hoja (un solo viaje):  31 dólares (24 euros)  

Visas

 

Visas diplomáticas, oficiales o de cortesía : exoneradas. 

Visas consulares ordinarias

30 dólares (23 euros)

 

Visas consulares consultadas y autorizadas por la Dirección General de Migración y Extranjería

50 dólares (38 euros)

Se hace la salvedad que en el  caso de visas consultadas y restringidas, la Dirección de Migración y Extranjería, puede supeditar, la autorización para la emisión de la visa, no solo al cumplimiento del pago de dicho derecho consular antes indicado sino también, a un depósito de garantía.

 

Poderes

 

Poderes especiales : 100 dollars  (77 euros)

Poderes especialísimos  : 100 dollars (77 euros)

Poderes generales judiciales 100 dólares  (77 euros)

Poderes generalísimos y poderes generales : 100  (77 euros)

 

Si se trata de una autenticación, de una ratificación, de una prórroga de una revocatoria, de una revocatoria o bien de la confirmación de un poder, la tarifa es de 50 dólares (38 euros).

 

Autenticación de firma ante el Agente Consular

50 dólares (38 euros)

 Autenticación de firma en un poder cuyo objeto sea la inscripción de una marca de fábrica o de una patente.

80 dólares (62 euros)

 

Exhortos judiciales

30 dólares (23 euros)

Certificaciones consulares

50 dólares (38  euros)

 

 

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