Permiso de salida de menores inscritos
como costarricenses en el Registro Civil de Costa Rica o de menores extranjeros con residencia legal (carta de
residencia) en Costa Rica.
Toda salida del país de un menor de edad inscrito en el
Registro Civil de Costa Rica como costarricense y de todo menor de nacionalidad
extranjera con residencia legal en Costa Rica (con carta de residencia debe ser
autorizada por quien ejerza la patria potestad, o por el representante legal
en caso de menores sujetos a tutela o depósito judicial o administrativo. Además de esta autorización, para que el niño pueda
salir del país, se deberá tramitar la autorización de parte de la Dirección
General de Migración y Extranjería.
Si el niño no
está todavía inscrito en el Registro Civil de Costa Rica (para los menores
nacidos en Costa Rica o hijos de padres omadres costarricenses) o si el menor de nacionalidad extranjera está
de turista en el país o no ha obtenido todavía la residencia legal en Costa
Rica entonces no requiere de este permiso de salida.
Si los dos
padres viajan con el hijo, la autorización de los padres, se puede presentar
directamente ante la Dirección General de Migración y ante esta misma
instancia los padres podrán solicitar la autorización de Migración para que
el menor pueda salir del país.Deberán llevar una foto del niño, el pasaporte del niño, la cédula de
identidad o el pasaporte de cada uno de los padres, así como el certificado
de nacimiento del niño, expedido por el Registro Civil de Costa Rica (en el
caso que el niño sea inscrito en el Registro Civil de Costa Rica) o el acto
de nacimiento del niño, si este nació en Francia o en el extranjero. En este
caso la certificación deberá tener una validez de dos meses, estar legalizada
por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia y por el Consulado de
Costa Rica en Francia, o bien, como mínimo estar certificada por el Consulado
de Francia en Costa Rica- en caso de que no haya cumplido con el
procedimiento de legalización antes indicado. Deberá asimismo y aportarse la respectiva traducción por
parte de un traductor oficial en Francia o por un traductor oficial en Costa
Rica o por una traducción consular hecha en el Consulado de Costa Rica en
Francia. Si la certificación emitida en la Mairie es
plurilingüe no se requiere la traducción.
Si el niño
viaja solo, con solamente uno de los padres, o con un familiar o un tercero,
el trámite es elsiguiente :
Procedimiento :
1. Si el menor
viaja solo, con solo uno de sus padres o con otra persona, el o los padres, o
la persona que tenga la autoridad parental de manera exclusiva por razones
judiciales yque permanecen en
Francia, tendrá o tendrán que :
·Ya seapresentarse personalmente en el Consulado de Costa Rica en Paris para otorgar
el permiso de salida del menor. Para ello el o los padres (si los dos se
quedan en Francia)tendrán que firmar
el formulario ante el Consulado así que llevar una foto del niño, una copia
del o de los pasaportes, según sea el caso,el acta de nacimiento expedido por la Alcaldía legalizado por el Ministerio
de Relaciones Exteriores de Francia, en el caso de los menores extranjeros
con residencia en Costa Rica. En el caso de los menores inscritos en el
Registro Civil si los dos padres se quedaron aquí podrán pedir al cónsul que
pida una certificación al Registro Civil reciente para efectos consulares
para que la adjunte y la envíe junto con el permiso. Si solo uno de los
padres se quedó acá y el otro se fue con el niño a Costa Rica, éste último
podrá ir al Registro Civil y pedir una certificación de nacimiento reciente
para llevar a Migración. Una vez que el padre o padres estén en el consulado,
el cónsul autenticará la o las firmas y enviaráuna copia a la Dirección General de
Migraciones para que este consigne el permiso y los otros documentos en el
sistema de Migración.El permiso tiene
una vigencia de 30 días naturales.
·O bien, si el padre, la madre o los dos
padres (si los dos se quedan en Francia) no
pueden venir al Consulado de Costa Rica en Paris, tendrán otra
opción:llenar y firmar el
formulario de permiso de salida, según lo indicado en dicho formulario. Favor
hacer doble clic en el vínculo siguiente y verá las instrucciones así como el
formulario. Después de ver el vínculo
y el formulario, vuelva a esta página, para que termine de leer el
procedimiento final.
Para completar el
procedimiento, el padre
o la madre que viajó con el niño a Costa Rica, o la persona autorizada por los
padres para que viajara con él deberá, con algunos días de anticipación de
salir del país,presentarse al
Departamento de Menores de la Dirección de Migraciones (www.migracion.go.cr),
llevar el pasaporte o cédula de identidad, el acta de nacimiento del
niñoexpedido por el Registro Civil de
Costa Rica (con validez de dos meses) si el niño ya fue inscrito en el
Registro Civil de Costa Rica, o bien el certificado de nacimiento expedido en
Francia (con validez de dos meses), legalizado por el Ministerio de
Relaciones Exteriores de Francia y por el Consulado de Costa Rica en Francia
o en su defecto certificado por el Consulado de Francia en Costa Rica con su respectiva
traducción (si no es plurilingüe) si es que dicho certificado no ha sido ya remitido
por el padre o la madre que se quedó en Francia por medio del Consulado. En
Migración el padre o madre con que viajó el niño o la persona autorizada por
ellos, deberá solicitar la autorización de salida del menor de parte de la
Dirección General de Migración y Extranjería y que le pongan el sello de
autorización de salida en el pasaporte(francés o costarricense) del menor.Sin este permiso expedido por las autoridades de Migraciones, el niño
no podrá salir de Costa Rica.
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