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Permiso de salida de menores inscritos como costarricenses en el Registro Civil de Costa Rica o de menores  extranjeros con residencia legal (carta de residencia) en Costa Rica.    

 

 

Toda salida del país de un menor de edad inscrito en el Registro Civil de Costa Rica como costarricense y de todo menor de nacionalidad extranjera con residencia legal en Costa Rica (con carta de residencia   debe ser autorizada por quien ejerza la patria potestad, o por el representante legal en caso de menores sujetos a tutela o depósito judicial o administrativo. Además de esta autorización, para que el niño pueda salir del país, se deberá tramitar la autorización de parte de la Dirección General de Migración y Extranjería.

 

Si el niño no está todavía inscrito en el Registro Civil de Costa Rica (para los menores nacidos en Costa Rica o hijos de padres o  madres costarricenses) o si el menor de nacionalidad extranjera está de turista en el país o no ha obtenido todavía la residencia legal en Costa Rica entonces no requiere de este permiso de salida. 

 

Si los dos padres viajan con el hijo, la autorización de los padres, se puede presentar directamente ante la Dirección General de Migración y ante esta misma instancia los padres podrán solicitar la autorización de Migración para que el menor pueda salir del país.   Deberán llevar una foto del niño, el pasaporte del niño, la cédula de identidad o el pasaporte de cada uno de los padres, así como el certificado de nacimiento del niño, expedido por el Registro Civil de Costa Rica (en el caso que el niño sea inscrito en el Registro Civil de Costa Rica) o el acto de nacimiento del niño, si este nació en Francia o en el extranjero. En este caso la certificación deberá tener una validez de dos meses, estar legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia y por el Consulado de Costa Rica en Francia, o bien, como mínimo estar certificada por el Consulado de Francia en Costa Rica- en caso de que no haya cumplido con el procedimiento de legalización antes indicado. Deberá asimismo  y aportarse la respectiva traducción por parte de un traductor oficial en Francia o por un traductor oficial en Costa Rica o por una traducción consular hecha en el Consulado de Costa Rica en Francia. Si la certificación emitida en la Mairie es plurilingüe no se requiere la traducción.  

 

 

Si el niño viaja solo, con solamente uno de los padres, o con un familiar o un tercero, el trámite es el  siguiente :

 

Procedimiento :

 

1. Si el menor viaja solo, con solo uno de sus padres o con otra persona, el o los padres, o la persona que tenga la autoridad parental de manera exclusiva por razones judiciales y  que permanecen en Francia, tendrá o tendrán que :

 

 

·      Ya sea   presentarse personalmente en el Consulado de Costa Rica en Paris para otorgar el permiso de salida del menor. Para ello el o los padres (si los dos se quedan en Francia)  tendrán que firmar el formulario ante el Consulado así que llevar una foto del niño, una copia del o de los pasaportes, según sea el caso,   el acta de nacimiento expedido por la Alcaldía legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia, en el caso de los menores extranjeros con residencia en Costa Rica. En el caso de los menores inscritos en el Registro Civil si los dos padres se quedaron aquí podrán pedir al cónsul que pida una certificación al Registro Civil reciente para efectos consulares para que la adjunte y la envíe junto con el permiso. Si solo uno de los padres se quedó acá y el otro se fue con el niño a Costa Rica, éste último podrá ir al Registro Civil y pedir una certificación de nacimiento reciente para llevar a Migración. Una vez que el padre o padres estén en el consulado, el cónsul  autenticará la o las  firmas y enviará  una copia a la Dirección General de Migraciones para que este consigne el permiso y los otros documentos en el sistema de Migración.   El permiso tiene una vigencia de 30 días naturales.    

 

 

·      O bien, si el padre, la madre o los dos padres (si los dos se quedan en Francia) no pueden venir al Consulado de Costa Rica en Paris, tendrán otra opción:    llenar y firmar el formulario de permiso de salida, según lo indicado en dicho formulario. Favor hacer doble clic en el vínculo siguiente y verá las instrucciones así como el formulario. Después de ver el vínculo y el formulario, vuelva a esta página, para que termine de leer el procedimiento final.

 

 

Formulario e instrucciones

 

 

 

 

 

 

Para completar el procedimiento, el padre o la madre que viajó con el niño a Costa Rica, o la persona autorizada por los padres para que viajara con él deberá, con algunos días de anticipación de salir del país,  presentarse al Departamento de Menores de la Dirección de Migraciones (www.migracion.go.cr), llevar el pasaporte o cédula de identidad, el acta de nacimiento del niño  expedido por el Registro Civil de Costa Rica (con validez de dos meses) si el niño ya fue inscrito en el Registro Civil de Costa Rica, o bien el certificado de nacimiento expedido en Francia (con validez de dos meses), legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia y por el Consulado de Costa Rica en Francia o en su defecto certificado por el Consulado de Francia en Costa Rica con su respectiva traducción (si no es plurilingüe) si es que dicho certificado no ha sido ya remitido por el padre o la madre que se quedó en Francia por medio del Consulado. En Migración el padre o madre con que viajó el niño o la persona autorizada por ellos, deberá solicitar la autorización de salida del menor de parte de la Dirección General de Migración y Extranjería y que le pongan el sello de autorización de salida en el pasaporte  (francés o costarricense) del menor.  Sin este permiso expedido por las autoridades de Migraciones, el niño no podrá salir de Costa Rica.

 

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